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Estatutos de bloqueo

Posted in Cumplimiento de las sanciones on enero 16, 2024
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Estatutos de bloqueo. Un tema muy relacionado con la extraterritorialidad de las sanciones: Los llamados estatutos de bloqueo. Una ley de bloqueo es una ley promulgada por una jurisdicción para impedir la aplicación de una ley promulgada por otra jurisdicción. En 1996, la Unión Europea propuso un estatuto de bloqueo para anular el embargo comercial de EE.UU. a Cuba, así como las sanciones contra Irán y Libia que afectaban a los países que comerciaban con EE.UU. y los países mencionados. Como los desacuerdos se resolvieron por otros medios, no se promulgó la ley de 1996.

Un estatuto de bloqueo protege a las empresas de su jurisdicción de las sanciones, prohibiéndoles cumplirlas y negándose a reconocer las sentencias de los tribunales extranjeros que las aplican.

Estatutos De Bloqueo

Estatutos de bloqueo

En 1996, en gran medida como medida para contrarrestar las sanciones extraterritoriales de EE.UU. contra Cuba e Irán, la UE aprobó una legislación para hacer frente a la aplicación de la extraterritorialidad por parte de EE.UU. Esto se denomina «reglamento de bloqueo«. Se encuentra en el Reglamento número 2271/96. Estos reglamentos prohíben esencialmente a los Estados miembros cumplir o ayudar a los Estados Unidos a aplicar las restricciones impuestas por estas sanciones. Hasta mayo de 2018, la legislación fue ampliamente ignorada.

Sin embargo, el 8 de mayo de 2018, el presidente de Estados Unidos , Donald J. Trump, anunció su decisión de poner fin a la participación de Estados Unidos en el Plan de Acción Integral Conjunto (JCPOA, por sus siglas en inglés), o acuerdo nuclear con Irán, y de comenzar a reimponer las sanciones estadounidenses relacionadas con la energía nuclear que se habían levantado como parte de ese acuerdo. En respuesta, la Comisión Europea puso en marcha el proceso para activar el reglamento de bloqueo de la UE, actualizando la lista de sanciones estadounidenses a Irán que entran en su ámbito de aplicación.

Una vez que la reimposición Sanciones de EE.UU. el reglamento de bloqueo exigía a las empresas constituidas en el Estados miembros de la UE para notificar al Comisión Europea en un plazo de 30 días, siempre que las sanciones renovadas de EE.UU. afecten directa o indirectamente a sus intereses económicos o financieros; a no acatar los efectos extraterritoriales de estas sanciones estadounidenses enumeradas, y a no ejecutar, dentro de la UE, ninguna sentencia judicial o decisión de organismos administrativos extranjeros, como OFACen base a las sanciones estadounidenses restablecidas.

Artículo 5 del Reglamento de bloqueo

El artículo 5 del Reglamento de bloqueo sí prevé un mecanismo para que las empresas de la UE soliciten a la Comisión Europea una exención al reglamento «si pueden demostrar que su cumplimiento «perjudicaría gravemente sus intereses» o los de la UE».

Además, el reglamento de bloqueo de la UE permite a los Estados miembros de la UE imponer sanciones cuando se infringe el reglamento de bloqueo de la UE. Por último, el reglamento de bloqueo de la UE permite a la persona de la UE afectada por sanciones extraterritoriales recuperar daños y perjuicios por las pérdidas resultantes de «la aplicación de sanciones extraterritoriales o acciones basadas en ellas o resultantes de ellas».

Históricamente, la UE no ha hecho cumplir las normas de bloqueo; sin embargo, otros países, como Canadá, tienen normas de bloqueo similares, y se toman la aplicación un poco más en serio.

Reglamento de bloqueo en la UE

El reglamento de bloqueo en la UE no se ha aplicado porque EE.UU. ha declarado que está dispuesto a imponer sanciones secundarias a las entidades que violen las sanciones de EE.UU., incluso si las sanciones violadas son extraterritoriales. En este contexto, el reglamento de bloqueo de la UE sólo es aplicable en la medida en que una entidad de la UE tome su decisión de no hacer negocios con una entidad sancionada unilateralmente por EE.UU. «basándose en las sanciones de EE.UU. o como consecuencia de ellas».

Este requisito permite a las entidades basar sus decisiones en otras razones, como las cuestiones de derechos humanos. A pesar del reglamento de bloqueo de la UE, numerosas empresas comunitarias han retirado sus negocios de Irán para evitar las sanciones secundarias de Estados Unidos. La empresa SWIFT, con sede en Bélgica, que facilita la mensajería y las transacciones financieras en todo el mundo con más de 11.000 instituciones financieras, se retiró de Irán para seguir apoyando el sistema financiero mundial sin interrupción. Otras empresas de la UE también se han retirado sin que haya indicios de que se hayan impuesto multas o sanciones.

Estatuto de bloqueo de la Unión Europea

En 1996, la UE aprobó un estatuto de bloqueo para «contrarrestar» las sanciones estadounidenses contra Cuba, Irán y Libia.

Tras la retirada de Estados Unidos de un acuerdo que permitía el comercio si Irán limitaba su programa nuclear, la Comisión Europea anunció el 17 de mayo de 2018 su intención de utilizar el estatuto de bloqueo de 1996 para declarar nulas las sanciones de Estados Unidos contra Irán en Europa y prohibir a los ciudadanos y empresas europeas su cumplimiento. La Comisión Europea también dio instrucciones al Banco Europeo de Inversiones para que facilite a las empresas europeas la inversión en Irán.

Actualización de 2018

La UE actualizó su estatuto de bloqueo el 7 de agosto de 2018. El proceso de actualización del estatuto de bloqueo de la UE comenzó el 6 de junio de 2018, cuando Estados Unidos volvió a imponer sanciones extraterritoriales a Irán. La Comisión Europea declaró:

…De acuerdo con la legislación de la UE y la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de la ONU, estamos decididos a proteger a los operadores económicos europeos que hacen negocios legítimos con Irán… Por ello, el 7 de agosto entrará en vigor el Estatuto de Bloqueo actualizado de la Unión Europea, que protege a las empresas de la UE que hacen negocios legítimos con Irán de los efectos de las sanciones extraterritoriales de Estados Unidos.

El estatuto de bloqueo de 2018 prohíbe esencialmente a las empresas de la UE cumplir con las leyes enumeradas en el anexo de sanciones de Estados Unidos «directamente» o «indirectamente» (a través de filiales o personas intermediarias). Tampoco reconoce ninguna decisión judicial que aplique sanciones estadounidenses. A través de un vehículo especial creado para este fin, una cámara de compensación que se va a establecer facilitará el comercio con Irán de las empresas europeas, eludiendo las sanciones estadounidenses.

Según el informe, los gobiernos europeos consideran el estatuto de bloqueo «más un arma política que un reglamento», ya que las normas son «vagas y difíciles de aplicar». La imposición del estatuto de bloqueo, según un alto funcionario de la administración estadounidense, no es «particularmente preocupante».

Reflexiones finales

El estatuto de bloqueo es un logro significativo de la acción unificada de la UE para proteger a los operadores de la UE, ya sean individuos o empresas, de la extraterritorialidad de las leyes de terceros países. El estatuto de bloqueo de la Unión Europea (Reglamento (CE) nº 2271/96 del Consejo) protege a las empresas de la UE de la aplicación extraterritorial de leyes de terceros países. La Unión Europea no reconoce la aplicación extraterritorial de leyes de terceros países y considera que tales efectos son ilegales según el derecho internacional.