La normativa más importante de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo

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La normativa más importante de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo. La Unión Europea también cuenta con leyes específicas para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Ahora bien, la elaboración y la aplicación de la ley funcionan de manera un poco diferente en la Unión Europea y vale la pena dedicar unos momentos a entender el concepto básico.

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Todas las medidas adoptadas por la UE se basan en los tratados. Estos acuerdos vinculantes entre los países miembros de la UE establecen los objetivos de la UE, las normas de las instituciones de la UE, la forma de tomar decisiones y la relación entre la UE y sus miembros.

Estos tratados son el punto de partida del derecho comunitario y se conocen en la UE como derecho primario.

Proceso legislativo de la UE

El conjunto de leyes que se derivan de los principios y objetivos de los tratados se conoce como derecho derivado; e incluye reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes. A partir de ahí, la UE puede legislar con directivas y reglamentos.

En lo que respecta a la legislación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, y lo que es más relevante, están las denominadas Directivas europeas sobre el blanqueo de capitales. Los Estados miembros de la UE deben aplicar las directivas.

En la actualidad, existen cinco Directivas sobre el blanqueo de capitales que fueron transpuestas a la legislación nacional, y la sexta Directiva sobre el blanqueo de capitales está en camino. Pero no se preocupe, no hablaremos de cada una de estas directivas europeas sobre el blanqueo de capitales con demasiado detalle. Sólo hablaremos de la cuarta y quinta Directivas con un poco más de detalle.

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No obstante, digamos al menos una o dos frases sobre las tres primeras directivas europeas sobre blanqueo de capitales:

La primera directiva europea sobre el blanqueo de capitales:

La UE adoptó la primera directiva europea sobre blanqueo de capitales en 1991. Esta Primera Directiva limitó los delitos determinantes del blanqueo de capitales al tráfico de drogas tal como se define en la Convención de Viena de 1988. Además, se animó a los Estados miembros a ampliar los delitos subyacentes a otros crímenes.

La segunda directiva europea sobre el blanqueo de capitales:

La segunda Directiva europea sobre el blanqueo de capitales se adoptó en 2001. Modificó la primera para exigir controles más estrictos del blanqueo de capitales en toda la UE. La Segunda Directiva supuso un gran paso adelante porque su aplicabilidad incluía a muchos de los centros financieros importantes del mundo. Fue mucho más allá de normas similares emitidas por otras organizaciones, como la ONU e incluso el GAFI.

La tercera directiva europea sobre el blanqueo de capitales:

La tercera directiva europea sobre el blanqueo de capitales se adoptó en 2005 y se basó en las 40 recomendaciones revisadas del GAFI.

La cuarta directiva europea sobre el blanqueo de capitales:

La Cuarta Directiva de la Unión Europea contra el Blanqueo de Capitales entró en vigor el 26 de junio de 2017 y es la legislación más amplia de Europa en materia de lucha contra el blanqueo de capitales en más de una década.

Esta directiva prevé una ampliación del ámbito de aplicación de la legislación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales. Por ejemplo, reduciendo el umbral de las transacciones de 15.000 euros a 10.000 euros.

En lo que respecta a la propiedad efectiva, los Estados miembros de la UE están obligados, en virtud de esta Directiva, a crear registros centrales con información sobre la propiedad efectiva de las empresas, incluyendo incluso las estructuras fiduciarias.

Si bien las entidades obligadas se basan en las declaraciones de las empresas y en la información que éstas facilitan a la hora de adoptar medidas de diligencia debida con respecto a los clientes, un registro central aumentará considerablemente la calidad de los datos disponibles utilizados para identificar a la parte contractual del beneficiario efectivo y, por tanto, también satisfará la exigencia del GAFI de un mayor nivel de transparencia en relación con la propiedad efectiva.

Con esta directiva, la UE ha aplicado los requisitos más estrictos del GAFI y ha intensificado eficazmente sus esfuerzos para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

La quinta directiva europea sobre el blanqueo de capitales:

La siguiente es la Quinta Directiva. La Quinta Directiva es más bien una serie de modificaciones de la estructura de la Cuarta Directiva, añadiendo varias disposiciones adicionales que no estaban incluidas en el texto de la anterior.

Los principales cambios se centran en la mejora de las competencias para el acceso directo a la información y el aumento de la transparencia en torno a la información sobre la propiedad efectiva y los fideicomisos.

Pero la Quinta Directiva también introduce cambios, como la regulación de las monedas virtuales, la mejora de las salvaguardias para las transacciones financieras desde y hacia países de alto riesgo, y la garantía de que los datos bancarios nacionales centralizados sean accesibles en todos los Estados miembros.

La Sexta Directiva Europea de Blanqueo de Capitales:

Luego, la Sexta Directiva de la UE contra el blanqueo de capitales entró en vigor a nivel de la UE en diciembre de 2018. Los Estados miembros de la UE debían aplicarlo sólo en diciembre de 2020. Un aspecto clave de esta legislación es la focalización en la actividad delictiva y los delitos.

Estas seis directivas de la UE sobre el blanqueo de capitales son las piedras angulares del marco jurídico europeo en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Sin embargo, hay algunos otros reglamentos que uno podría considerar.

Está el Reglamento sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y el Reglamento de derogación, por poner un ejemplo. También hay muchas directrices y dictámenes para ayudar a las autoridades nacionales competentes a entender las expectativas normativas.

Seguramente no será el fin de la normativa de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales. Después de todo, cuando la Comisión Europea publicó su Programa de Trabajo 2020, destacó que para garantizar la integridad del sistema financiero europeo y reducir los riesgos de inestabilidad, un nuevo Plan de Acción contra el Blanqueo de Capitales tratará de mejorar el sistema de supervisión y mejorar la aplicación de las normas. Al igual que la normativa estadounidense, parece que la lucha contra el blanqueo de capitales se está reforzando.

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Marco jurídico de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo

Es fundamental que los guardianes (bancos y otras entidades obligadas) apliquen medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. La trazabilidad de la información financiera es un elemento disuasorio importante. Para evitar el uso indebido del sistema financiero con fines de blanqueo de capitales, la Unión Europea aprobó en 1990 la primera Directiva contra el blanqueo de capitales.

Establece que, al entablar una relación comercial, las entidades obligadas deben aplicar los requisitos de diligencia debida con respecto al cliente (es decir, identificar y verificar la identidad de los clientes, supervisar las transacciones y notificar las transacciones sospechosas). Esta legislación se revisa constantemente para reducir los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Mejora del acceso a la información financiera por parte de las fuerzas de seguridad

Los terroristas y los delincuentes han demostrado su capacidad para transferir rápidamente fondos entre distintos bancos, a menudo en diferentes países, pero la falta de información financiera en DeepL hace que muchas investigaciones se paralicen. Cuando la información financiera es una parte clave de una investigación, existe una clara necesidad de mejorar la cooperación entre las autoridades responsables de la lucha contra el terrorismo y los delitos graves.

La Directiva (UE) 2019/1153 mejora el uso de la información financiera al proporcionar a las autoridades policiales y judiciales acceso directo a la información sobre la identidad de los titulares de cuentas bancarias almacenada en los registros nacionales centralizados. Además, permite a las fuerzas de seguridad obtener determinada información de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) nacionales, incluidos los datos de las transacciones financieras, y mejora el intercambio de información entre las UIF, así como su acceso a la información de las fuerzas de seguridad necesaria para el desempeño de sus funciones. Estas medidas agilizarán las investigaciones penales y permitirán a las autoridades combatir más eficazmente la delincuencia transfronteriza.

Reflexiones finales

La Comisión Europea lleva a cabo evaluaciones de riesgo para identificar y responder a los riesgos que afectan al mercado interior de la UE. Fomenta la adopción de soluciones globales para hacer frente a estas amenazas a escala mundial.

La Unión Europea ha promulgado una estricta legislación para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, lo que contribuye a los esfuerzos internacionales. La Comisión vela por la aplicación efectiva de esta legislación revisando la transposición del acervo de la UE y colaborando con las redes de autoridades competentes.