El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) define a una persona políticamente expuesta (PEP) como un individuo que desempeña o ha desempeñado una función pública importante. Este artículo profundiza en el «Riesgo de las personas políticamente expuestas y las banderas rojas».
Debido a su posición e influencia, se reconoce que muchas PEP se encuentran en posiciones en las que potencialmente se puede abusar para cometer delitos de lavado de dinero (ML) y delitos subyacentes relacionados, incluidos la corrupción y el soborno, así como para realizar actividades relacionadas con el financiamiento del terrorismo (FT).
PEP extranjeras y PEP nacionales
Las PEP extranjeras, según el GAFI, son personas que desempeñan o han desempeñado funciones públicas importantes en un país extranjero, como jefes de Estado o de gobierno, políticos de alto nivel, altos funcionarios gubernamentales, judiciales o militares, altos ejecutivos de empresas estatales e importantes funcionarios de partidos políticos.
Las personas que desempeñan o han desempeñado funciones públicas destacadas en el país, como los Jefes de Estado o de Gobierno, los políticos de alto nivel, los altos funcionarios gubernamentales, judiciales o militares, los altos ejecutivos de empresas estatales y los funcionarios importantes de partidos políticos, son ejemplos de PEP nacionales.
El país que ha confiado al individuo la función pública prominente distingue a un PEP extranjero de un PEP nacional. Otras características, como el país de residencia o la nacionalidad, no son importantes para identificar el tipo de PEP, pero pueden ser útiles para evaluar el nivel de riesgo de una PEP nacional específica, según la definición (ya que las PEP extranjeras son siempre de alto riesgo).
También hay que destacar que si una PEP nacional es también una PEP extranjera a través de otra función pública importante en otra nación, está sujeta a los criterios de las PEP extranjeras.
Los riesgos potenciales asociados a las PEP justifican la aplicación de medidas preventivas adicionales de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (LBC/LFT) en relación con las relaciones comerciales con las PEP.
Artículo 52 de la CNUCC
Para hacer frente a los riesgos de BC/FT relacionados con las PEP, las Recomendaciones 12 y 22 del GAFI exigen a las instituciones financieras que garanticen la aplicación de medidas adecuadas para evitar el uso indebido del sistema financiero por parte de las PEP y para detectar ese posible abuso en caso de que se produzca.
No se debe rechazar una relación comercial con una PEP, simplemente basándose en la determinación de que el cliente es una PEP. El GAFI amplió los requisitos obligatorios a las PEP nacionales y a las PEP de organizaciones internacionales, de conformidad con el artículo 52 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC).
El artículo 52 de la CNUCC define a las PEP como «las personas que desempeñan o han desempeñado funciones públicas destacadas, así como sus familiares y allegados» e incluye tanto a las PEP nacionales como a las extranjeras. El propósito es luchar contra la corrupción, que el GAFI respalda. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el objetivo de los requisitos del GAFI de 2012 se extiende más ampliamente a la lucha contra el blanqueo de capitales y sus delitos determinantes, incluida la corrupción y la financiación del terrorismo.
Control de las acciones sospechosas
El MLRO supervisa periódicamente las cuentas y actividades de los clientes de categoría de alto riesgo, como las personas políticamente expuestas (PEP), para garantizar que las transacciones y actividades de los clientes de categoría de alto riesgo se ajustan a sus umbrales de transacción. Las cuentas de los clientes de la categoría de alto riesgo deben ser monitoreadas sin la generación de alertas en el sistema para minimizar el riesgo de ocurrencia de riesgos de lavado de dinero.
Las acciones sospechosas pueden ser detectadas por el sistema AML a través de la emisión de alertas de transacciones o por el equipo de cumplimiento durante la revisión de cumplimiento. El equipo de cumplimiento verifica las transacciones y cuentas de los clientes con regularidad, especialmente aquellos en la categoría de alto riesgo, con el objetivo de detectar actividades potencialmente sospechosas.
Los pasos de investigación para el cliente específico se aplican cuando se produce la alerta de transacción. Para evaluar adecuadamente la cuenta o las transacciones, el cliente debe proporcionar información actual, como los cambios en las fuentes de ingresos, las actividades comerciales actuales, los ingresos actuales, el volumen de negocios, etc.
En caso de información satisfactoria o discrepante
En caso de que el cliente proporcione información satisfactoria al responsable de la lucha contra el blanqueo de capitales, se elimina la alerta, el responsable de la lucha contra el blanqueo de capitales anota las observaciones y se actualiza el perfil de riesgo del cliente. En caso de que el cliente no proporcione información o respuestas satisfactorias a las preguntas planteadas por el funcionario de lucha contra el blanqueo de capitales, la cuenta se marca como cuenta sospechosa.
En caso de que las transacciones y actividades no coincidan con el perfil de riesgo del cliente y los umbrales de las transacciones, el proceso de investigación debe ser iniciado por el MLRO o el equipo AML en coordinación con el equipo de apertura de cuentas o los funcionarios. El MLRO debe obtener y examinar la información e identificar las razones de las transacciones o actividades inusuales en la cuenta del cliente. Sobre la base de una justificación válida y de los fragmentos de pruebas, el MLRO o el equipo de AML marcan el proceso de investigación como cerrado.
- El depósito o retiro de cantidades sustanciales de efectivo de una cuenta;
- La negativa a proporcionar la documentación de DDC sobre los beneficiarios finales/controladores;
- La frecuencia con la que se realizan depósitos o retiros que no es coherente con la comprensión que la institución financiera tiene del cliente de la PEP;
- Pagos recibidos o solicitudes para realizar pagos a un tercero desconocido o no relacionado con la PEP;
- Flujos de dinero asociados a actividades personales y comerciales que son difíciles de diferenciar entre sí;
- Se clasifica el comportamiento financiero de PEP que es inconsistente con la actividad legal o anticipada del cliente.
- Tras un tiempo de inactividad, una cuenta de empresa o una conexión comercial vuelve a cobrar vida;
- El cliente no puede o no quiere dar información o razones plausibles para establecer una relación comercial, abrir una cuenta o ejecutar una transacción con el comerciante;
- El cliente mantiene un gran número de cuentas, ya sea por motivos comerciales o de otro tipo;
- Un patrón de frecuentes reembolsos anticipados de préstamos.
Reflexiones finales
Este artículo profundiza en el «Riesgo de las personas políticamente expuestas y las banderas rojas». Una PEP es una persona que desempeña o ha desempeñado una función pública importante. Se puede abusar de su posición e influencia para cometer delitos de blanqueo de capitales y delitos subyacentes relacionados, como la corrupción y el soborno, así como para llevar a cabo actividades relacionadas con la financiación del terrorismo.