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Definición y contenido de las listas de información privilegiada

Posted in Cumplimiento de los mercados on enero 31, 2024
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Definición y contenido de las listas de información privilegiada. Una persona con información privilegiada puede ser una persona o personas encargadas de la ejecución de órdenes relativas a instrumentos financieros, que reciben información transmitida por un cliente y relativa a las órdenes pendientes del cliente en instrumentos financieros. Directa o indirectamente, a uno o más emisores o a uno o más instrumentos financieros, y que, si se hiciera pública, podría tener un efecto significativo en los precios de esos instrumentos financieros.

Definición Y Contenido De Las Listas De Información Privilegiada

Definición y contenido de las listas de información privilegiada

El precio de los contratos de materias primas al contado relacionados, o en el precio de los instrumentos financieros derivados relacionados.

Una persona con información privilegiada puede tener información precisa, es decir, la información que concierne:

  • Un conjunto de circunstancias que existen o que se puede esperar razonablemente que existan; o
  • Un evento que ha ocurrido o que puede esperarse razonablemente que ocurra;
  • Cuando sea lo suficientemente específico como para permitir sacar una conclusión sobre el posible efecto de ese conjunto de circunstancias o eventos en los precios de los instrumentos financieros o del instrumento financiero derivado relacionado, los contratos de materias primas al contado relacionados o los productos subastados.

Lista de Insider

Las empresas deben elaborar y mantener una lista de personas con información privilegiada, con el fin de identificar a las personas que entran en el ámbito de aplicación de la información privilegiada y para las que es necesario aplicar controles adecuados, con el fin de evitar los riesgos de las operaciones con información privilegiada.

Se ha reforzado el requisito existente de que los emisores de instrumentos mantengan una lista de información privilegiada compuesta por empleados y asesores que disponen de información privilegiada. En el futuro, el contenido y la forma de las listas de personas con información privilegiada se establecerán de forma más prescriptiva para establecer una norma armonizada en todos los Estados miembros.

El concepto de mantener listas de información privilegiada de las personas que tienen acceso a la información interna de una empresa antes de que se publique está bien establecido. Las empresas están obligadas a mantener listas de información privilegiada en virtud del SAM, de forma similar a lo que ocurre con la Directiva sobre el abuso del mercado.

Además, las empresas deben tomar todas las medidas razonables para garantizar que cualquier persona que figure en la lista de información privilegiada reconozca por escrito los deberes legales y reglamentarios que conlleva y sea consciente de las sanciones aplicables a las operaciones con información privilegiada y a la divulgación ilegal de información privilegiada. Cuando otra persona que actúa en nombre de la empresa, normalmente un asesor, asume la tarea de elaborar y actualizar una lista de personas con información privilegiada, la empresa sigue siendo plenamente responsable del cumplimiento de la normativa y la empresa debe conservar siempre el derecho de acceso a la lista de personas con información privilegiada.

¿Qué debe contener una lista de información privilegiada?

El SAM establece el contenido preciso y el formato de la lista de iniciados que debe conservarse en formato electrónico. Las empresas pueden mantener dos listas separadas: una lista de internos permanentes y una lista de proyectos. Sin embargo, las personas que figuran en la lista permanente de iniciados no deben figurar también en la lista de proyectos, ya que se considera que están en posesión de conocimientos internos en todo momento. Por lo tanto, esto puede implicar una mayor consideración de las diferencias entre las listas permanentes y las listas de proyectos y quién debe aparecer en cada una de ellas, prestando más atención a la elaboración de las listas de proyectos.

La información requerida para figurar en la lista de personas con información privilegiada se ha ampliado para incluir información adicional como, por ejemplo, no sólo la fecha, sino el momento en que la persona obtuvo o dejó de tener información privilegiada, los números de teléfono y las direcciones de los domicilios, y los números de identificación nacional (cuando proceda).

Las empresas deben asegurarse de que tienen acceso o pueden obtener la información personal necesaria, que puede ser a través de los departamentos de RRHH. A partir del 3 de julio de 2016 entrará en vigor un modelo obligatorio para estas listas en toda la UE. En general, las empresas deben garantizar una gestión y protección cuidadosas de la información interna y de quién tiene acceso a los archivos, ya sea en papel o en formato electrónico. El objetivo debe ser restringir el acceso al menor número de personas posible, sólo si es necesario.

Las listas de iniciados incluirán datos personales como la fecha de nacimiento, el número de identificación nacional, las direcciones, los números de teléfono y también la fecha y la hora y el motivo por el que la persona ha sido incluida en la lista de iniciados. Significativamente, el SAM codifica la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el llamado caso «Spector Photo«.

Spector Photo Group NV («Spector») era una empresa belga que cotizaba en bolsa. Ha puesto en marcha un programa de opciones sobre acciones para sus empleados. Para cumplir con su obligación de transferir acciones a los empleados, Spector compró sus acciones en el mercado tanto por sí mismo como utilizando los servicios del Sr. Van Raemdonck. Tras la compra, Spector anunció un proyecto de adquisición por parte de su filial de una empresa rival y también dio a conocer los resultados financieros de Spector, lo que provocó un aumento del precio de sus acciones. Estas cuestiones se habían contemplado en el momento de la negociación.

El regulador financiero belga investigó las compras de Spector y Raemdonck, determinó que habían cometido operaciones con información privilegiada y les impuso multas. Los demandados interpusieron un recurso ante un tribunal superior de Bélgica, que remitió varias cuestiones al TJCE. Una de las cuestiones a las que se refirió el TJCE fue la de si basta, para que una operación se califique de operación con información privilegiada, con que el poseedor de la misma negocie en el mercado los instrumentos financieros a los que se refiere dicha información, o si es necesario, además, establecer que esa persona ha «utilizado» la información «con pleno conocimiento».

En el caso «Spector Photo», el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictó una sentencia sobre la interpretación del apartado 1 del artículo 2 de la Directiva sobre el abuso del mercado, que contiene una prohibición paneuropea de las operaciones con información privilegiada. El TJCE sostuvo que, en lo que respecta al abuso de mercado con información privilegiada, las autoridades nacionales no necesitan demostrar que la persona acusada de haber hecho uso de información privilegiada con pleno conocimiento.

Reflexiones finales

En cambio, la definición de operaciones con información privilegiada incluye la presunción de que una persona que posee información privilegiada y que negocia con instrumentos financieros a los que se refiere la información «utiliza» esa información contraviniendo la prohibición de las operaciones con información privilegiada.